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El Real Decreto 395//2007, del 23 de marzo, regula el nuevo sistema de Formación Profesional Continua. Las empresas que cotizan para la contingencia de Formación Profesional disponen de un crédito para la Formación Continua. | ![]() |
Las empresas cada vez son más conscientes de la necesidad de formar a los trabajadores para mantener la ventaja competitiva, el buen funcionamiento y continuar con la política de desarrollo y crecimiento.
Somos una Entidad Organizadora especializada en la Gestión de Bonificaciones, que ofrece un Servicio Profesional para la gestión e impartición de la bonificación del crédito de formación continua de las empresas.
En ABALAR, colaboramos con las empresas en los siguientes procesos:
INTRODUCCIÓN AL NUEVO PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA.
Las empresas que cotizan por la contingencia de Formación Profesional disponen de un crédito para Formación Continua, cuya cantidad resulta de aplicar el porcentaje que le corresponda según el número de trabajadores a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de Formación Profesional el año anterior. Este porcentaje refleja el importe disponible bonificable para gastar en formación de trabajadores tal como podemos ver en la siguiente tabla:
| Nº Trabajadores | Bonificación | Aportación privada |
1 a 5 |
420 euros |
0% |
6 a 9 |
100% |
5% |
10 a 49 |
75% |
10% |
50 a 249 |
60% |
20% |
>250 |
50% |
40 |
Tal como observamos en la tabla anterior, dependiendo del número de trabajadores que tenga la empresa, le corresponde cofinanciar (pagar sin bonificación), un porcentaje sobre el coste total. Las empresas pueden aportar dicha cofinanciación computando como tal los costes salariales de los trabajadores si parte de la formación la realizan en horas de trabajo.
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